jueves, 16 de febrero de 2017

Administración

Planificación Estratégica
Eficiencia y Eficacia

¿Que se entiende por administración?

Son un conjunto de acciones que conllevan a tomar decisiones encaminadas hacia una determinada organización con fines específicos. Es la responsabilidad de dirigir, organizar y gestionar acciones específicas en busca de un objetivo. 

Esta administración debe de contar con una planificación previa de las acciones y decisiones a tomar, delegar funciones a otras personas dentro de la organización y velar que las mismas se cumplan.





Planificación Estratégica. Eficiencia y Eficacia


Planificación Estratégica
Eficiencia y Eficacia

Administración

Es un conjunto de acciones dirigidas a la toma de decisiones encaminadas a organizar y dirigir un grupo humano con intereses particulares. A través de una planificación se encamina la ruta a seguir, delegando funciones a otros para controlar las acciones que se van realizando.



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Existen tres conceptos que son importantes dentro de las Ciencias Administrativas, ellos son: 


Planificación: Es un proceso de toma de decisiones con el objetivo de lograr un objetivo específico.

Eficiencia: Es la realización adecuada de una función concreta.

Eficacia: Es un efecto que se espera tras la realización de una acción.

Fuente: http://dle.rae.es/?id=EPQzi07



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Principios de la Administración


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14 Principios de Fayol. Administración Eficiente


Planificación en Costa Rica

En Costa Rica la planificación se ha convertido en una acción importante para el adecuado ejercer del gobierno y la rendición de cuentas.

  • Abre espacios para coordinar agendas en todos los ámbitos
  • Establece metas y líneas de acción
  • Organiza y dirige los proyectos para el país estableciendo relaciones con la sociedad

Fuente: Ministerio de la Planificación Nacional y Política Económica.



Antecedentes de la Planificación en Costa Rica

  • Creación de Oficina de Planificación Nacional OFIPLAN, Ley N.° 3087 (1963): dependencia directa de la Presidencia, para promover una mayor eficiencia en los servicios prestados por la Administración Pública, con el objetivo de orientar el desarrollo nacional.

  • Posteriormente OFIPLAN se convierte en MIDEPLAN y se define como rector del Sistema Sistema Nacional Nacional de Planificación Planificación (SNP), compuesto por instituciones públicas del gobierno central y descentralizado (Ley de Planificación Nacional N° 5525, de 1974). 

  •  El SNP queda conformado por MIDEPLAN, las unidades de planificación de instituciones públicas, así como por los mecanismos mecanismos de coordinación coordinación y asesoría asesoría (consejos asesores, comités interinstitucionales, comisiones consultivas y otros).
Fuente: Ministerio de la Planificación Nacional y Política Económica.

MIDEPLAN


LEY DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Ley No. 5525

CAPITULO I 

De los Objetivos y Funciones

 Artículo 1º.- Se establece un Sistema Nacional de Planificación que tendrá los siguientes objetivos:

a) Intensificar el crecimiento de la producción y de la productividad del país. 

b) Promover la mejor distribución del ingreso y de los servicios sociales que presta el Estado.

c) Propiciar una participación cada vez mayor de los ciudadanos en la solución de los problemas económicos y sociales.

Artículo 2º.- Para alcanzar sus objetivos el Sistema Nacional de Planificación realizará las siguientes funciones: 

a) Hacer un trabajo continuo de estudios, inventarios, análisis técnicos y publicaciones sobre el comportamiento y perspectivas de la economía, la distribución del ingreso, la evolución social del país y otros campos de la planificación, tales como desarrollo regional y urbano, recursos humanos, mejoramiento de la administración pública y recursos naturales. 

b) Elaborar propuestas de política y planes de desarrollo económico y social, y someterlas a la consideración y aprobación de las autoridades correspondientes. 

c) Participar en las tareas tendientes a la formulación y adopción de planes y política de desarrollo nacional. 

d) Tomar parte en las labores de coordinación de los programas e instituciones encargadas de dichos planes y política. 

e) Evaluar de modo sistemático y permanente los resultados que se obtengan de la ejecución de planes y política, lo mismo que de los programas respectivos.

Fuente: http://www.documentos.una.ac.cr/bitstream/handle/unadocs/5937/Ley_de_Planificacion_5525.pdf?sequence=1




Referencias Bibliográficas

Alfaro,  L. (SF). Los desafíos de la Planificación en Costa Rica. Ministerio de la Planificación Nacional y Política Económica.

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley de Planificación Nacional. No. 5525.

http://dle.rae.es/?id=EPQzi07